El Registro Nacional de Derechos de Emisión de gases de efecto invernadero "es el instrumento a través del cual se asegura la publicidad y permanente actualización de la titularidad y control de los derechos de emisión. Este Registro permite llevar la cuenta exacta de la expedición, titularidad, transmisión y cancelación de los derechos de emisión y de las unidades definidas en el ámbito del Protocolo de Kioto". Uno de estos gases de efecto invernadero contemplados en el Protocolo de Kioto y por la tanto en la legislación europea y española es el dióxido de carbono (CO2).
Aunque el Real Decreto-ley 5/2004, de 27 de agosto 2004, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, en su Anexo I, "Categorías de actividades y gases incluidos en el ámbito de aplicación", epígrafes 6 y 8, especifica instalaciones muy similares a las de calcinación de magnesita, me ha extrañado que en la web del Registro Nacional de Derechos de Emisión y en el apartado de "Informes Públicos" y en los "Detalles por instalación" de los años 2006 y 2007 ni aparezca Magnesitas de Navarra en Navarra ni Magnesitas de Rubian en Galicia, esta ultima con un horno de calcinación de (textual según su web) "un horno rotativo de 60 m de longitud".
Pero bueno... tampoco es de extrañar mucho que no aparezcan en ese Registro. Aun no vamos muy bien en el cumplimiento del Protocolo de Kioto y cuantos más aparezcan peor. En el caso de Magnesitas de Navarra, una calcinación de 450.000 toneladas anuales de Carbonato Magnésico supone una calcinación media (sobre 365 dias) de 1.233 toneladas por día. Casi nada cuando el mencionado Anexo I mete, explícitamente, a cementeras con una producción de 500 toneladas por día.
Aunque el Real Decreto-ley 5/2004, de 27 de agosto 2004, por el que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, en su Anexo I, "Categorías de actividades y gases incluidos en el ámbito de aplicación", epígrafes 6 y 8, especifica instalaciones muy similares a las de calcinación de magnesita, me ha extrañado que en la web del Registro Nacional de Derechos de Emisión y en el apartado de "Informes Públicos" y en los "Detalles por instalación" de los años 2006 y 2007 ni aparezca Magnesitas de Navarra en Navarra ni Magnesitas de Rubian en Galicia, esta ultima con un horno de calcinación de (textual según su web) "un horno rotativo de 60 m de longitud".
Pero bueno... tampoco es de extrañar mucho que no aparezcan en ese Registro. Aun no vamos muy bien en el cumplimiento del Protocolo de Kioto y cuantos más aparezcan peor. En el caso de Magnesitas de Navarra, una calcinación de 450.000 toneladas anuales de Carbonato Magnésico supone una calcinación media (sobre 365 dias) de 1.233 toneladas por día. Casi nada cuando el mencionado Anexo I mete, explícitamente, a cementeras con una producción de 500 toneladas por día.
El plan nacional de asignación de derechos de emisión para el nuevo periodo de 2008-2012 esta en: http://ec.europa.eu/
